Obra iniciada sin permiso
Construyó o comenzó a operar sin la autorización. Determinamos la categoría aplicable, elaboramos los estudios y tramitamos el expediente hasta poner el proyecto en regla.
¿Comenzó su obra sin permiso, su autorización venció o recibió una notificación del Ministerio de Medio Ambiente? Un proyecto ya iniciado puede regularizarse. Levantamos el diagnóstico, implementamos las medidas de mitigación y gestionamos su expediente — en la mayoría de los casos, sin detener su operación.
La Ley 64-00 no solo exige la autorización ambiental antes de operar: también dota a la autoridad de herramientas para hacerla cumplir. Entre las medidas y sanciones que contempla están:
A esto se suman los costos indirectos, que suelen ser mayores: obras detenidas con financiamiento corriendo, contratos y ventas comprometidos, y daño reputacional. La buena noticia: en la práctica, casi todo proyecto puede regularizarse si se aborda técnicamente y a tiempo.
Construyó o comenzó a operar sin la autorización. Determinamos la categoría aplicable, elaboramos los estudios y tramitamos el expediente hasta poner el proyecto en regla.
Recibió una comunicación, un acta de inspección o le negaron el permiso. Preparamos la respuesta técnica, el plan de adecuación y lo representamos ante la autoridad.
Su permiso caducó o no ha cumplido los compromisos de su Programa de Manejo y Adecuación Ambiental (PMAA). Gestionamos la renovación y actualizamos sus programas de manejo y monitoreo.
Evaluamos el estado actual del proyecto, sus impactos y su situación legal ante el Ministerio, incluyendo cualquier notificación recibida.
Implementamos las soluciones que el caso exige: tratamiento de aguas residuales, manejo de residuos sólidos, control de emisiones y adecuaciones de obra.
Formulamos y firmamos como consultores registrados los estudios y el PMAA adaptados a un proyecto ya en marcha, y tramitamos el expediente.
Respondemos las observaciones técnicas, acompañamos las inspecciones y damos seguimiento hasta que obtenga su autorización.
"El mejor momento para regularizar fue antes de empezar. El segundo mejor momento es hoy, antes de la próxima inspección."
No la ignore: las notificaciones tienen plazos y la falta de respuesta agrava la situación. El primer paso es entender exactamente qué observa el Ministerio y preparar una respuesta técnica sólida. Nosotros analizamos la notificación, levantamos el diagnóstico del proyecto y presentamos el plan de adecuación con las medidas correctivas ante la autoridad.
Sí. La Ley 64-00 faculta a la autoridad a disponer la prohibición o suspensión temporal de actividades que generen daño o riesgo ambiental y, en casos extremos, la clausura parcial o total del establecimiento, además de multas y de la obligación de reparar el daño causado. Regularizarse a tiempo, idealmente antes de una inspección, es siempre la vía menos costosa.
En la mayoría de los casos, sí. La regularización consiste en demostrar ante el Ministerio que el proyecto puede cumplir la norma: se levanta un diagnóstico ambiental, se implementan las medidas de mitigación necesarias (tratamiento de aguas, manejo de residuos, control de emisiones) y se tramita el expediente con los estudios correspondientes, mientras la operación continúa adecuándose.
Los documentos del proyecto y del promotor (título de propiedad, planos, RNC) y cualquier comunicación recibida del Ministerio. Con eso realizamos el diagnóstico del estado actual, determinamos la categoría aplicable y trazamos la ruta de regularización con sus estudios, medidas y tiempos estimados.