Caracterización y alternativas
Medimos caudales y composición del agua residual, y comparamos tecnologías según su espacio, presupuesto y punto de descarga.
Calculamos y diseñamos sistemas de tratamiento a la medida de su operación —hoteles, industrias, residenciales, comercios— y para toda la vida útil del sistema, de modo que sus descargas cumplan las normas ambientales dominicanas y su proyecto obtenga y conserve su autorización.
Las normas ambientales dominicanas sobre control de descargas —que desarrollan el mandato de la Ley 64-00— aplican a toda persona física o jurídica responsable de aguas residuales generadas por actividades industriales, comerciales, agrícolas, de servicios, domésticas o municipales. Establecen límites máximos para los parámetros de descarga a aguas superficiales, al alcantarillado sanitario, a aguas costeras y al subsuelo.
En la práctica, esto significa que un desarrollo turístico, una industria, una estación de combustible o un residencial no pueden verter sus aguas sin tratarlas: el sistema de tratamiento es una de las medidas de mitigación centrales que el Ministerio evalúa al decidir si autoriza el proyecto, y sus parámetros quedan sujetos a monitoreo dentro del Programa de Manejo y Adecuación Ambiental (PMAA).
Por eso este servicio está integrado con nuestra gestión de permisos y licencias ambientales: una planta bien diseñada no es un gasto extra del expediente — muchas veces es lo que hace viable la autorización completa.
Medimos caudales y composición del agua residual, y comparamos tecnologías según su espacio, presupuesto y punto de descarga.
Desarrollamos la ingeniería de detalle del sistema —pretratamiento, tratamiento biológico, desinfección y manejo de lodos— dimensionado para cumplir la norma de descarga aplicable.
Entregamos planos constructivos, memoria de cálculo y especificaciones técnicas listas para que su contratista ejecute la obra.
Damos seguimiento a los parámetros de diseño frente al desempeño real, integrado a los informes de cumplimiento de su PMAA.
Si su proyecto recibió observaciones del Ministerio por sus descargas, o ya opera sin tratamiento, la planta puede incorporarse como medida de adecuación dentro de una regularización ambiental.
Imagen de referencia
Sí. Las normas ambientales dominicanas sobre control de descargas aplican a toda persona física o jurídica, pública o privada, responsable de descargas de aguas residuales generadas por actividades industriales, comerciales, agrícolas, de servicios, domésticas o municipales, y establecen límites máximos para los parámetros de descarga a aguas superficiales, alcantarillado sanitario, aguas costeras y al subsuelo. Cumplir esos límites generalmente requiere un sistema de tratamiento.
Depende del caudal, del tipo de agua residual (doméstica o industrial), del espacio disponible y del punto de descarga. Un hotel no necesita el mismo sistema que una industria o un residencial. Por eso el proceso inicia con una caracterización del agua y un estudio de alternativas que compara tecnologías antes de diseñar.
Sí. El sistema de tratamiento es habitualmente una de las medidas de mitigación centrales del expediente ambiental del proyecto y queda recogido en el Programa de Manejo y Adecuación Ambiental (PMAA), con sus parámetros de monitoreo. En muchos casos, contar con la planta bien diseñada es lo que hace viable la autorización del proyecto completo.
No. Nuestro servicio es el cálculo y diseño de ingeniería de la planta, a la medida del tipo de operación o actividad de su proyecto. Entregamos los planos, memorias de cálculo y especificaciones técnicas para que la construcción la ejecute el contratista de su elección.